Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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(SE CONFIRMA UN IMPUESTO FISCAL SOBRE CADA LITRO DE AGUARDIENTE)

DECRETO EJECUTIVO No. 35, Aprobado el 16 de Mayo de 1935

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 123 del 4 de Junio de 1935

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

CONSIDERANDO:

Que durante el período de seis meses de que habla el Art. 4º de la ley de 9 de Septiembre de 1934, el producto de las rentas fiscales en el ramo de licores, fue mayor que las percibidas durante el 2º Semestre de 1933.

DECRETA:

Único: Confirmar el impuesto sobre cada litro de aguardiente y alcoholes de que habla la ley antes citada.

Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, 16 de Mayo de 1935.- SACASA. El Secretario de Hacienda y Crédito Público, FRANCO CASTRO.
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