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Sin Vigencia
[OTÓRGUESE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FEDERACIÓN COORDINADORA SUPERIOR DE UNIVERSIDADES PRIVADAS (COSUP)]
DECRETO A.N. N°. 3052, aprobado el 25 de septiembre de 2001
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 199 del 19 de octubre de 2001
DECRETO A.N. N°. 3052
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la FEDERACIÓN COORDINADORA SUPERIOR DE UNIVERSIDADES PRIVADAS (COSUP), sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Managua, departamento de Managua.
Arto. 2. La representación legal de esta Federación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3. La Federación Coordinadora Superior de Universidades Privadas (COSUP), está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinticinco días del mes de Septiembre del dos mil uno.- OSCAR MONCADA REYES, Presidente de la Asamblea Nacional.- PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese.- Managua, doce de Octubre del año dos mil uno.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.