Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Constitucional y Otras Normas Fundamentales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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PRÓRROGA ESTADO DE SITIO

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 28 de marzo de 1914

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 73 del 30 de marzo de 1914

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

CONSIDERANDO:
Que aun existentes las causas que motivaron la declaratoria de estado de sitio.
Por tanto:

En uso de las facultades que le confiere el Artículo 111 facción 16 Cn,
DECRETA:

Único:- Prorrogar por el término de ley el estado de sitio en la República. Este decreto comenzará a regir desde su publicación por bando en esta capital y con él se dará cuenta al Honorable Congreso Nacional en su próxima reunión.

Dado en Managua, en la Casa Presidencial a los veintiocho días del mes de marzo de mil novecientos catorce.- ADOLFO DÍAZ.- El Ministro de la Gobernación, Justicia, Policía, Beneficencia y Gracia.- ALFONSO AYÓN.- El Ministro de Relaciones Exteriores e Instrucción Pública, encargado también del Ministro de la Guerra y Marina.- J. A. URTECHO. El Ministro de Fomento y Obras Públicas, por la ley.- J. AMADOR.
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