Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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(SUSPENDEN EN ALGUNOS DEPARTAMENTOS LAS DENUNCIAS DE TERRENOS BALDIOS)

Aprobado el 12 de Julio de 1927

Publicado en La Gaceta No. 155 del 12 de Julio de 1927

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

En uso de las facultades que le confiere el Art. 123 de la Ley Agraria; y siendo de utilidad pública que el Estado conserve por ahora sus tierras baldías,

DECRETA:

Artículo 1.- Suspender en los departamentos de Chontales, Bluefields y en los distritos de San Juan del Norte, Siquía, Río Grande y Cabo Gracias a Dios, toda denuncia de terrenos baldíos en que no se haya verificado remate.

Artículo 2.- Este decreto empezará a regir desde su publicación en La Gaceta.

Dado en el Palacio Nacional. Managua, 12 de Julio de 1927- DIAZ- El Ministro de Fomento.- J. M. SIERO G.
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