Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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CONCEPTUANSE COMO INDUSTRIAS DE TERCERA CATEGORÍA

DECRETO EJECUTIVO N°. 27, aprobado el 04 de mayo de 1956

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 99 del 07 de mayo de 1956

El Presidente de la República

De conformidad con el Arto. 6º del Decreto Ejecutivo N°. 11 de 6 de Octubre de 1955,

Decreta:


Artículo 1º.- Conceptúense como industrias de Tercera Categoría comprendidas en el inciso a) del Arto.4º. del Decreto arriba citado, las textiles que producen artículos a base de seda artificial (rayón) importado.

Artículo 2º.- Este Decreto deberá publicarse en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional. Cuatro de Mayo de mil novecientos cincuenta y seis. Año José Dolores Estrada. A. SOMOZA. El Vice-Ministro de Estado en el Despacho de Economía, J. J. Lugo Marenco.

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