Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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(DECRETO DE APROBACIÓN DEL ACUERDO MARCO ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO EUROPEO DE INVERSIONES)

DECRETO A.N. No. 2934, Aprobado el 23 de Mayo del 2001

Publicado en La Gaceta No. 109 del 11 de Junio del 2001

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I


Que el día 30 de marzo del 2000, fue suscrito en Luxemburgo, el Acuerdo Marco entre la República de Nicaragua y el Banco Europeo de Inversiones, por el Ex Ministro de Relaciones Exteriores de Nicaragua, Eduardo Montealegre R., y el Vicepresidente del Banco Europeo de Inversiones Luís Martí Espulga.

II

Que dicho Acuerdo fue suscrito en el contexto del Acuerdo Marco de Cooperación, firmado en Managua el 11 de Junio de 1999 entre Nicaragua, la Comunidad Europea y los Estados Miembros de la misma.

III

Que la aprobación de dicho Acuerdo facilitará la concesión de préstamos por el Banco Europeo de Inversiones a proyectos de inversión de interés para Nicaragua.

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO


Artículo 1.- Apruébese el Acuerdo Marco entre la República de Nicaragua y el Banco Europeo de Inversiones, suscrito en Luxemburgo el 30 de marzo del 2000, por el Ex Ministro de Relaciones Exteriores de Nicaragua, Eduardo Montealegre R., y el Vicepresidente del Banco Europeo de Inversiones Luís Martí Espulga.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintitrés días del mes de Mayo del dos mil uno. OSCAR MONCADA REYES, Presidente de la Asamblea Nacional. PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, uno de Junio del año dos mil uno. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.

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