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CONTRIBUCIÓN FINANCIERA PARA EL PROGRAMA COOPERATIVO DE EDUCACIÓN EN NICARAGUA PARA 1954
INSTRUMENTO INTERNACIONAL, aprobado el 18 de marzo de 1954
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 76 del 01 de abril de 1954
El Gobierno de Nicaragua y el Gobierno de los Estados Unidos de América, han acordado lo siguiente:
ARTÍCULO I
Los compromisos financieros establecidos a continuación se efectúan con el propósito de llevar a cabo el Programa Cooperativo de Educación que se está desarrollando en Nicaragua de acuerdo con el Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno de Nicaragua, firmado en Managua el 31 de Enero de 1951.
ARTÍCULO II
El Gobierno de los Estados Unidos de América por medio del Instituto de Asuntos Interamericanos de la Administración de Operaciones Extranjeras, depositará a favor del Servicio Cooperativo Interamericano de Educación, para el período del 1o. de Julio de 1953 al 30 de Junio de 1954, la suma de Cincuenta Mil Dólares (US$ 50.000) en moneda de los Estados Unidos de América.
ARTÍCULO III
El Gobierno de Nicaragua por medio del Ministerio de Educación Pública, depositará a favor del Servicio Cooperativo Interamericano de Educación, para el período del 1o. Julio de 1953 al 30 de Junio de 1954, la suma de Quinientos Mil Córdobas ($ 500.000) en moneda de Nicaragua.
ARTÍCULO IV
Las contribuciones aquí previstas serán en adición a las contribuciones al Servicio Cooperativo Interamericano de Educación, especificadas en Convenios anteriores.
Hecho en duplicado, en los idiomas Español e Inglés, en Managua, a los dieciocho días de Marzo de 1954.
Por el Gobierno de Nicaragua:
Oscar Sevilla Sacasa,
Ministro de Estado de Relaciones Exteriores.
Crisantb Sacasa,
Ministro de Estado de Educación Pública.
Por el Gobierno de los Estados Unidos de América:
Thomas E. Whelan,
Embajador de ios Estados Unidos de América,
Jefe de la Misión Técnica del Instituto de Asuntos Interamericano