Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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ADHESIÓN AL CONVENIO PARA LA REPRESIÓN DE ACTOS ILÍCITOS CONTRA LA SEGURIDAD DE LA NAVEGACIÓN MARÍTIMA Y EL PROTOCOLO PARA LA REPRESIÓN DE ACTOS ILÍCITOS CONTRA LA SEGURIDAD DE LAS PLATAFORMAS FIJAS EMPLAZADAS EN LA PLATAFORMA CONTINENTAL

DECRETO No. 22-2005, Aprobado el 05 de Abril del 2005
Publicado en La Gaceta No. 68 del 08 de Abril del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que el día 10 de marzo del año 1988, fueron hechos en la ciudad de Roma, Italia, el CONVENIO PARA LA REPRESIÓN DE ACTOS ILÍCITOS CONTRA LA SEGURIDAD DE LA NAVEGACIÓN MARÍTIMA y su Protocolo.
II

Que el presente Convenio tiene como objetivo principal, garantizar a través de la cooperación internacional entre los Estados, la adopción de medidas eficaces y prácticas para la prevención de actos ilícitos contra los buques, así como garantizar que se impongan las oportunas sanciones a las personas que cometan tales actos ilícitos.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
DE ADHESIÓN AL CONVENIO PARA LA REPRESIÓN DE ACTOS ILÍCITOS CONTRA LA SEGURIDAD DE LA NAVEGACIÓN MARÍTIMA Y EL PROTOCOLO PARA LA REPRESIÓN DE ACTOS ILÍCITOS CONTRA LA SEGURIDAD DE LAS PLATAFORMAS FIJAS EMPLAZADAS EN LA PLATAFORMA CONTINENTAL

Artículo 1.- Adherirse al CONVENIO PARA LA REPRESIÓN DE ACTOS ILÍCITOS CONTRA LA SEGURIDAD DE LA NAVEGACIÓN MARÍTIMA Y SU PROTOCOLO, hechos en la ciudad de Roma, Italia, el 10 de marzo de 1988.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el cinco de abril del año dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.
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