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Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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SE TRASLADA EL GOBIERNO TEMPORALMENTE Á LA CIUDAD DE LEÓN

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 03 de marzo de 1894

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 18 del 07 de marzo de 1894
El Presidente de la República:

En el deseo de recompensar el mérito de los valientes defensores de la integridad nacional y de perpetuar la memoria de sus heroicos hechos de armas en los campos de batalla hondureños,

DECRETA:

– El Gobierno se trasladará en cuerpo á la ciudad de León y hará con toda solemnidad la recepción triunfal del ejército expedicionario de Nicaragua en su regreso de Honduras.

– En un libro especial, que se custodiará en el Ministerio de la Guerra, se inscribirán los nombres de todos los militares que se hayan destinados en la campaña de Honduras, haciéndose relación sucinta de la acción en que hayan sobresalido y de los más detalles que contribuyan á perpetuar su recuerdo. De esa inscripción se librará testimonio á los agraciados por medio de un diploma de honor lujosamente litografiado y suscrito por el Presidente de la República y Ministro de Guerra.

– Por el Ministerio respectivo se harán acuñar medallas de oro, plata y bronce, con inscripciones honrosas, las cuales se distribuirán, según la graduación militar, entre todos los inscriptos en el Libro de Honor del Ministerio de Guerra.

– En la Escuela de Arte de esta ciudad, se acuñará previamente una medalla de oro de 18 quilates y del peso de una onza, con las armas de la República, grabadas en el centro y con una inscripción alusiva al acontecimiento que se trata de conmemorar, la cual se obsequiará con toda solemnidad, en nombre del Gobierno de Nicaragua, al señor General en Jefe don Anastasio J. Ortiz, en el día de la recepción triunfal del Ejército.

– Comisionarse al señor Ministro de Fomento y Guerra, don José Dolores Gámez, para que en el día mencionado, lleve la palabra á nombre del Gobierno, y coloque á nombre también de éste, en el pecho del General Ortiz, la medalla de honor antes referida.

– Declárese días feriados los de la entrada del ejército á Chinandega, León y Managua, y se solemnizarán con disparos de artillería, iluminaciones públicas, gallardete y demás demostraciones de costumbre en la celebración de las fiestas cívicas.

Dado en Managua, á 3 de marzo de 1894 – J. S. Zelaya – Ministro de la Guerra – José D. Gámez.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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