Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Municipal
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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SE REFORMA EL ART. 4° DEL DECRETO DE 16 DEL MES QUE FINA (EN EL QUE SE ESTABLECE QUE EL PUEBLO DE COMALAPA FORMARÁ PARTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUIGALPA)

Aprobado el 30 de Junio de 1896

Publicado en La Gaceta No. 33 del 9 de Julio de 1896

En atención á que por el Art. 4° del decreto de 16 del que fina, la población de Comalapa queda comprendida en el Distrito Judicial de Boaco; y considerando: que esta población queda á mucha menor distancia de Juigalpa que de Boaco, y que en tal concepto es más conveniente para sus vecinos el pertenecer al primer Distrito. Por tanto, el Presidente de la República, decreta:

1°-El pueblo de Comalapa formará parte del Distrito Judicial de Juigalpa.

2°-La presente ley reforma el decreto antes citado, y de ella se dará cuenta á la próxima Asamblea.

Comuníquese-Managua, 30 de Junio de 1896-J. S. Zelaya-El Ministro de Justicia-José D. Gámez.
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