Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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RATIFICACIÓN DEL TRATADO ANTI-BÉLICO SUDAMERICANO

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 10 de mayo de 1935

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 115 del 24 de mayo de 1935

JUAN BAUTISTA SACASA,

Presidente de la República de Nicaragua,


POR CUANTO el día diez de octubre de mil novecientos treinta y tres se firmo en la cuidad de Río de Janeiro un Tratado Antibélico de No agresión y Conciliación entre las Repúblicas de la Argentina, Estados Unidos del Brasil, Chile, México, Paraguay, cuyo texto se publico en los números noventa y siete, noventa y ocho, noventa y nueve, cien y ciento uno de la Gaceta Oficial de Nicaragua, correspondientes a los días dos, tres, seis, siete y ocho de mayo del corriente año de mil novecientos treinta y cinco;

POR CUANTO el Presidente de la República dictó el acuerdo del quince de diciembre de mil novecientos treinta y cuatro, a virtud del cual adhirió a dicho Tratado, remitiéndolo al conocimiento del Congreso Nacional para los fines de ley;

POR CUANTO el Senado y Cámara de Diputados de la República aprobaron la adhesión del Presidente a dicho Tratado por Decreto del ocho de febrero del corriente año, sancionado por el Poder Ejecutivo el día quince del propio mes de año;


POR TANTO:

Ratificó y confirmo la adhesión de la República de Nicaragua a todos y cada uno de los artículos de que consta el Tratado de referencia, y expido el presente instrumento para los fines de su depósito en el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Argentina, conjuntamente con cinco ejemplares de la Gaceta Oficial del mes de mayo de este año, en que aparece publicado el referido Tratado.

Dado y firmado de mi mano y sellado con el Gran Sello de la Nación, en la ciudad de Managua, D.N., en el Palacio del Ejecutivo, a los diez días del mes de mayo del mil novecientos treinta y cinco. (f) JUAN B. SACASA. El Secretario de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, (f) LEONARDO ARGUELLO.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.

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