Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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SE DISPONE QUE EL GOBIERNO TOME PARTE EN LA EXPOSICIÓN CENTROAMERICANA QUE SE REUNIRÁ EN GUATEMALA EL 15 DE MARZO DE 1897

Aprobado el 17 de Junio de 1896

Publicado en La Gaceta No. 32 del 5 de Julio de 1896

Considerando que tanto por deber de centroamericanismo y cortesía hacia el Gobierno de Guatemala, cuanto por estimular á nuestros productores agrícolas é industriales y hombres de ciencias y bellas artes, Nicaragua debe tomar participación en la próxima Exposición centroamericana, el Presidente de la República, decreta:

Art. 1°-El Gobierno de Nicaragua tomará parte oficialmente como expositor en la Exposición centroamericana que se instalará en la capital guatemalteca, el 15 de Marzo de 1897.

Art. 2°-Para el cumplimiento del artículo anterior, el Ministerio correspondiente designará el Delegado de la República en aquel certamen.

Art. 3°-Nónbrase al señor Dr. Don David J. Guzmán. Comisionado para el mejor arbitrio y acondicionamiento de objetos que hayan de exhibirse, y asígnasele la dotación de trescientos pesos mensuales.

Art. 4°-El señor Comisionado Guzmán presentará cuanto antes al Ministerio de Fomento, el proyecto más adecuado para el lleno de sus atribuciones, plan de medios que expediten á los particulares presentarse en calidad de expositores, protección que sea posible concederles, etc.

Art. 5°-Impútese á crédito suplementario los gastos que ocasionare la sección nicaragüense en la Exposición centroamericana.
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