Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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(RATIFICASE UN CONVENIO DE TELECOMUNICACIONES)

DECRETO EJECUTIVO N°. 5, aprobado el 27 de agosto de 1957

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 200 del 03 de septiembre de 1957

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

PRIMERO: Se ratifica el convenio Internacional de Telecomunicaciones, el Protocolos Adicionales al mismo Convenio, suscritos por el Plenipotenciario de Nicaragua en la ciudad de Buenos Aires: República de Argentina, el 22 de Diciembre de 1952.
SEGUNDO: Expídase el correspondiente Instrumento de ratificación para ser remitido por vía diplomática y por conducto de Gobierno de Suiza, país sede de la unión, al Secretario General de la Unión Internacional de Telecomunicaciones.
COMUNÍQUESE.- Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, veintisiete de Agosto de mil novecientos cincuenta y siete.- LUIS A. SOMOZA D.- El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, ALEJANDRO MONTIEL ARGÜELLO.
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