Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Abrir Gaceta
-
(DECRETO SOBRE PRECIO DE TERRENOS BALDÍOS)

Aprobado el 14 de Diciembre de 1906

Publicado en La Gaceta No. 3092 del 18 de Diciembre de 1906

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

CONSIDERANDO:

Que el precio señalado por la ley á los terrenos baldíos es muy bajo; y que por consiguiente, no está en proporción con el desarrollo é importancia que han alcanzado las empresas industriales, agrícolas, de transporte y comerciales del país, ni con las erogaciones que por razón de tales empresas corresponde hacer á la administración pública,

DECRETA:

Art. 1.- Del mes de enero próximo en adelante, el precio de los terrenos baldíos será aumentado con un cincuenta por ciento (50%) sobre la tarifa establecida por el decreto de 28 de julio de 1903.

Art. 2.- El pago de dichos terrenos se hará en la forma siguiente: dos terceras partes en moneda corriente, y la otra tercera en documentos de crédito público.

Art. 3.- Quedan comprendidos en este decreto todos aquellos terrenos que hasta la fecha no hubiesen sido pagados al tesoro nacional.

Dado en Managua, a catorce de diciembre de mil novecientos seis – J. S. ZELAYA – El Ministro de hacienda – Féliz Romero.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.