APROBACION CONTRATO DE PRESTAMO OTORGADO POR EL BID
Decreto No. 1128 de 31 de octubre de 1982
Publicado en La Gaceta No. 262 de 9 de noviembre de 1982
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
en uso de sus facultades
Decreta:
Artículo 1.-Apruébase la contratación de préstamo a otorgarse a la República de Nicaragua, por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), hasta por la cantidad de Treinta y Cuatro Millones Cuatrocientos Mil Dolares (US$34,400,000.00), para el financiamiento parcial del Proyecto Hidroeléctrico Asturias cuya realización estará a cargo del Instituto Nicaragüense de Energía (INE) como Organismo Ejecutor.
Artículo 2.-El préstamo será pagado en un plazo de quince años a partir de la fecha de firma del Contrato, mediante cuotas semestrales consecutivas, la primera de las cuales deberá pagarse a los seis meses de la fecha final de desembolso, y causará intereses del 10 1/2% anual y una comisión de crédito del 1 1/4% anual.
Artículo 3.-Se autoriza al Ministro de Finanzas o la persona en quien éste delegue, para que en nombre y representación de la República de Nicaragua suscriba el respectivo Contrato de Préstamo y los documentos necesarios; el Ministerio de Finanzas establecerá oportunamente, en los presupuestos de ingresos y egresos de la República, las cantidades necesarias para el cumplimiento de las obligaciones contraídas.
Artículo 4.-El presente Decreto entrará en vigencia desde el momento de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los treinta y un días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad Frente a la Agresión".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. - Rafael Córdova Rivas.