Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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AUTORIZASE EMISIÓN DE SELLOS POSTALES CONMEMORATIVOS DEL VUELO DE LA NAVE "APOLO 11"

DECRETO EJECUTIVO N°. 18, aprobado el 02 de septiembre de 1969

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 18 de 12 de septiembre de 1969

El Presidente de la República,

En uso de sus facultades,

Considerando:

Que el viaje a la Luna realizado por la nave espacial Apolo II tripulado pro los astronautas estadounidenses Neil Armstrong, Edwin Aldrin y Michel Collins, ha sido la hazaña más arriesgada y extraordinaria emprendida hasta hoy por el hombre y constituye uno de los hechos más significativos en la historia de la humanidad;
Considerando:

Que el viaje y la llegada a la Luna del primer hombre, realizado con todo éxito y perfección, ha puesto de manifiesto el alto grado de desarrollo alcanzado por la técnica y ciencia espaciales estadounidenses, y la intrepidez de sus astronautas, y son hechos que merecen el reconocimiento de todas las Naciones;
Por tanto:

Decreta:

Artículo 1.-Autorizar una emisión de sellos postales conmemorativos del vuelo de la nave Apolo II y llegada del primer hombre a la Luna, que se denominará Apolo 11, consistente en 550,000 estampillas con valor facial total de Trescientos Cincuenta y Cinco Mil Córdobas Netos (C$355.000.00), distribuidas en seis denominaciones de los valores y cantidades siguientes:

125,000 estampillas de 35 centavos C$43,750.00
100.000 estampillas de 40 centavos C$40,000.00
150.000 estampillas de 60 centavos C$90,000.00
75.000 estampillas de 75 centavos C$56,250.00
75.000 estampillas de 1 córdoba C$75,000.00
25.000 estampillas de 2 córdobas C$50,000.00

550,000 C$355,000.00

Artículo 2.-Estas estampillas serán de la designación "Aérea" para uso internacional, y los diseños serán motivos alusivos al magistral vuelo, nave y sus tripulantes.

Artículo 3.-La impresión de estos sellos será mediante el procedimiento Litho-Offset a varios colores, para cuya ejecución se promoverá la correspondiente licitación entre firmas especializadas y conforme pormenores y especificaciones que dará a conocer en su oportunidad la Oficina de Control de Especies Postales y Filatelia.

Dado en Casa Presidencial. Managua D.N., a los dos días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta y nueve. (f) A. SOMOZA. (f) Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y C.P.".
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