Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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DECRETO SOBRE SIEMBRA DE TABACO

Aprobado el 22 de Julio de 1915

Publicado en La Gaceta No. 167 del 26 de Julio de 1915

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

De conformidad con la ley de 12 de mayo del corriente año,

DECRETA:

Art. 1.- Para la siembra de tabaco durante el corriente año, señálanse las siguientes zonas:

1ª zona, el departamento de Masaya.

2ª zona, los departamentos de Granada, Managua y Rivas, y

3ª zona, el departamento de Chinandega.

Comuníquese – Managua, 22 de julio de 1915 – ADOLFO DÍAZ – El Ministro de Hacienda – E. CUADRA.
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