Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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AUTORÍZASE EMISIÓN DE SELLOS POSTALES CONMEMORATIVO DEL VUELO APOLO 8 A LA LUNA

DECRETO EJECUTIVO N°. 3, aprobado el 16 de enero de 1969

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 31 de 6 de febrero de 1969

El Presidente de la República,
en uso de sus facultades,

Considerando:
Que el viaje a la Luna de la nave espacial APOLO 8 tripulado por los astronautas americanos Coronel de la Fuerza Aérea Frank Borman, Capitán de Corbeta James A. Lovell y Mayor de la Fuerza Aérea William A. Anders, ha sido considerado como la hazaña más arriesgada hasta ahora del hombre y el hecho más significativo en la historia de la humanidad;

Considerando:
Que dicho viaje llevado a cabo con exactitud y éxito, ha puesto de manifiesto el alto grado de perfección alcanzado por la técnica y ciencia espacial estadounidense, y la hombría de sus astronautas, hechos merecedores del reconocimiento de las naciones y pueblos amigos;

Por Tanto:

Decreta:

Artículo 1.-Autorizar una emisión de sellos postales, conmemorativos del "Vuelo Apolo-8 a la Luna", consistente en 550.000 estampillas con valor facial total de Trescientos Cincuenta y Cinco Mil Córdobas Netos (C$355,000.00), distribuidos en seis denominaciones de los valores y cantidades siguientes:

125.000 estampillas de 35 Centavos 43,750.00
100.000 " " 40 " 40,000.00
150.000 " " 60 " 90,000.00
75.000 " " 75 " 56,250.00
75.000 " " 1 Córdoba 75,000.00
25.000 " " 2 Córdobas 50,000.00

550.000 C$355,000.00

y 12.000 hojas miniaturas con valor facial de C$5.00 cada una y
total de C$60,000.00


Artículo 2.-Estas estampillas serán de la designación "Aérea" para uso internacional, y los diseños serán motivos alusivos al magistral vuelo con inclusión de las efigies de los tres astronautas.

Artículo 3.-La impresión de estos sellos y hojas recordatorias será mediante el procedimiento Litho-Offset a varios colores, para cuya ejecución se promoverá la correspondiente licitación entre firmas especializadas y conforme pormenores y especificaciones que dará a conocer en su oportunidad la Oficina de Control de Especies Postales y Filatelia.

Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los dieciséis días del mes de Enero de mil novecientos sesenta y nueve.- (f) ANASTASIO SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y Crédito Público".
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