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DE RATIFICACIÓN DE LAS “ENMIENDAS AL CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL (OMI)”
DECRETO EJECUTIVO N°. 19-2006, aprobado el 16 de marzo de 2006
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 59 del 23 de marzo de 2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el día 7 de noviembre de 1991 por Resolución A.724 (17), de la Organización Marítima Internacional (OMI), fueron aprobadas las “Enmiendas al Convenio Constitutivo de la Organización Marítima Internacional.”
II
Que la Asamblea Nacional aprobó la referida Enmienda mediante Decreto A.N. Número 3577 del 10 de junio del año 2003, publicada en La Gaceta, Diario Oficial número 118 del 25 de junio del 2003.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
DE RATIFICACIÓN DE LAS “ENMIENDAS AL CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL (OMI)”
Arto 1.- Ratifíquese las “Enmiendas al Convenio Constitutivo de la Organización Marítima Internacional (OMI)”, aprobadas mediante Resolución A.724 (17) de la Organización Marítima Internacional (OMI), el siete de noviembre del año 1991.
Arto 2.- Expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para su depósito ante el Organismo correspondiente.
Arto 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el dieciséis de marzo del año dos mil seis. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.