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Legislación de Nicaragua
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Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
Materia: S/Definir

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(DEJAR SIN EFECTO EL NOMBRAMIENTO DE LA COMPAÑERA RUTH ESPERANZA TAPIA ROA, COMO REPRESENTANTE PERMANENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CON RANGO DE EMBAJADORA EXTRAORDINARIA Y PLENIPOTENCIARIA ANTE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS (OEA)

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 193-2019, aprobado el 22 de diciembre de 2019

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 4 del 9 de enero de 2020

El Presidente de la República de Nicaragua,
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Dejar sin efecto el nombramiento de la Compañera Ruth Esperanza Tapia Roa, como Representante Permanente de la República de Nicaragua, con rango de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria ante la Organización de los Estados Americanos (OEA); contenido en el Acuerdo Presidencial No. 144-2019, de fecha catorce de septiembre del año dos mil diecinueve, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No.181, del 24 de septiembre del año dos mil diecinueve.

Artículo 2. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir del día treinta y uno de diciembre del año dos mil diecinueve. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día veintidós de diciembre del año dos mil diecinueve. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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