Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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SE CREA UNA ESCUELA DE TELEFONÍA Y TELEGRAFÍA EN ESTA CAPITAL

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 23 de marzo de 1895

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 123 del 28 de marzo de 1895

El Presidente de la República en el deseo de dar el mayor ensanche á la instrucción y mejorar el servicio telegráfico y telefónico, hasta donde sea posible, poniéndola al alcance de todas las clases sociales, acuerda:

Art. 1.- Créase en esta capital una escuela de telegrafía y telefonía, bajo la inmediata inspección del señor Director General del ramo, y á cargo del empleado que se designe que devengará el sueldo de ochenta pesos mensuales.

Art. 2.- En dicho establecimiento se admitirán hasta treinta jóvenes mayores de quince años, que por su honradez y antecedente reconocidos merezcan tal distinción.

Art. 3.- La admisión será por el Director General, en vista de los informes de los Jefes Políticos y previa firma del contrato respectivo.

Art. 4.- Se asigna quince pesos mensuales á cada uno de los discípulos que lleguen á dicho plantel con las condiciones expresadas, bajo el concepto de que deberán prestar sus servicios, al ser calificados como competentes, en la oficina que se les designe, durante dos años y con el sueldo que asigne el presupuesto de gastos.

Comuníquese- Managua, 23 de Marzo de 1895.- Zelaya- El Ministro General- Baca, h.
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