Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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(SE AUTORIZA LA CIRCULACIÓN DE UNA CANTIDAD DE SELLOS POSTALES)

DECRETO EJECUTIVO N°. 18, aprobado el 30 de diciembre de 1931

Publicado en la Gaceta, Diario Oficial N°. 1 del 4 de enero de 1932

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

DECRETA:

Artículo Único – Sujeta a la Reglamentación que al respecto dará al Ministerio de Fomento, queda autorizada únicamente para el 1° de enero de 1932, la circulación en la República, de las siguientes cantidades de sellos postales aéreos y de sellos postales para el servicio ordinario, así:
5,000 sellos postales de a C$ 0.15 c/u. color lila

5,000 sellos postales de a C$ 0.20 c/u color verde

5,000 sellos postales de a C$ 0.25 c/u color café claro

5,000 sellos postales de a C$ 0.50 c/u color café claro

5,000 sellos postales de a C$ 1.00 c/u color rosado

5,000 sellos postales de a C$ 0.00½ c/u color verde

5,000 sellos postales de a C$ 0.01 c/u color café claro

5,000 sellos postales de a C$ 0.02 c/u color rosado

5,000 sellos postales de a C$ 0.03 c/u color azul claro

5,000 sellos postales de a C$ 0.04 c/u color azul oscuro

5,000 sellos postales de a C$ 0.05 c/u color azul claro

5,000 sellos postales de a C$ 0.06 c/u color café oscuro

5,000 sellos postales de a C$ 0.10 c/u color café claro

5,000 sellos postales de a C$ 0.15 c/u color rosado

5,000 sellos postales de a C$ 0.20 c/u color salmón

5,000 sellos postales de a C$ 0.25 c/u color morado y café

5,000 sellos postales de a C$ 0.50 c/u color verde

5,000 sellos postales de a C$ 1.00 c/u color amarillo

Estas especies son conmemorativas del terremoto del 31 de marzo del corriente año.

Dado en Managua en la Casa Presidencial, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos treinta y uno.- J. M. MONCADA.- El Ministro de Hacienda, ANT. BARBERENA.
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