Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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RATIFICADO EL ACUERDO DE CIRCULACIÓN CENTROAMERICANO

DECRETO No. 8, Aprobado el 11 de Marzo de 1959

Publicado en La Gaceta No. 67 del 20 de Marzo de 1959

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA

PRIMERO. – Ratificar el Acuerdo Centroamericano sobre Circulación por Carretera y sus Tres Anexos, suscrito en la ciudad de Tegucigalpa, D. C., capital de la República de Honduras, el día 10 de Junio de 1958.

SEGUNDO. – Expídase el correspondiente Instrumento de ratificación para ser depositado en la Secretaría General de la Organización de Estados Centroamericanos según lo dispuesto en el artículo 64 de dicho Acuerdo.

Comuníquese. – Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, once de Marzo de mil novecientos cincuenta y nueve. – LUIS A. SOMOZA D. – El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, ALEJANDRO MONTIEL ARGUELLO.
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