DECRETO DE APROBACIÓN DEL “PROTOCOLO AL CONVENIO CENTROAMERICANO PARA LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL” (MARCAS, NOMBRES COMERCIALES Y EXPRESIONES O SEÑALES DE PROPAGANDAS)
DECRETO A.N. No. 2995, Aprobado el 26 de Junio del 2001
Publicado en La Gaceta No. 135 del 17 de Julio del 2001
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE APROBACIÓN DEL “PROTOCOLO AL CONVENIO CENTROAMERICANO PARA LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL” (MARCAS, NOMBRES COMERCIALES Y EXPRESIONES O SEÑALES DE PROPAGANDAS)
Artículo 1.- Apruébese el “Protocolo al Convenio Centroamericano para la Protección de la Propiedad Industrial” (Marcas, Nombres Comerciales y Expresiones o Señales de Propaganda), suscrito en la ciudad de San José, Costa Rica el 17 de septiembre de 1999, por el Ministerio de Comercio Exterior de Costa Rica, Samuel Guzowski; el Ministro de Economí a de El Salvador, Miguel Ernesto Lacayo; el Viceministro de Economía, Ministro en Funciones de Guatemala, José Guillermo Castillo y el Ministro de Fomento, Industria y Comercio de Nicaragua, Noel Sacasa Cruz.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiséis días del mes de Junio del dos mil uno. OSCAR MONCADA REYES, Presidente de la Asamblea Nacional. PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, tres de Julio del año dos mil uno. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.