DECRETO ESTABLECIENDO EN LEON UNA ADMINISTRACIÓN DE TABACO
Aprobado el 9 de Junio de 1865
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 29 de 17 de Junio de 1865
El Capitán General Presidente de la República, á sus habitantes:
Considerando los graves inconvenientes que.se presentan para la buena administración de la renta de tabaco, el que sea el mismo Administrador del Departamento de Chinandega y del de León; y debiendo removerlos cuanto antes; en uso de sus facultades ordinarias y delegadas,
Decreta;
Art 1° — Establécese en el Departamento de León, un Administrador de tabaco que tendrá las mismas facultades y gozará de los mismos emolumentos que los otros Administradores.
Art. 2° — El Administrador precisamente residirá en la ciudad de León, en donde deberá tener el depósito del tabaco, para proveer á los demas pueblos.
Dado en León, á 9 de junio de 1865. Tomas Martínez. El Secretario de Hacienda. Juan Francisco Agallar.