Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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SE SUSPENDE LA LEY DEL 18 DE DICIEMBRE DE 1911, SOBRE EDIFICACIONES POR CRISIS ECONÓMICA

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 17 de junio de 1915

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 146 del 30 de junio de 1915

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

CONSIDERANDO:

Que debido a la actual crisis económica, no es posible por ahora, a los particulares cumplir con lo dispuesto en la ley de 18 de diciembre de 1911, que prohíbe, en el centro comercial de las ciudades de la Costa Atlántica, la construcción de edificios de madera o materiales combustibles y de los que no reúnan además, condiciones suficientes de seguridad contra el desarrollo y propagación de los incendios, y que la prohibición ha dado por resultado que lotes de terrenos han permanecido sin edificaciones hasta la fecha,

POR TANTO:
En uso de sus facultades delegadas por el Poder Legislativo

DECRETA:

Único: Suspéndese, mientras dure la crisis económica la citada ley de 18 de diciembre de 1911.
Dado en la Casa Presidencial, en Managua, a los diez y siete días del mes de junio de 1915 – DÍAZ – El Ministro de Hacienda, encargado del Despacho de Fomento – E. CUADRA.
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