Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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DECRETO, DISPONIENDO QUE LOS EMPLEADOS CIVILES, MILITARES, ECLESIÁSTICOS I DE HACIENDA ESTÁN EXENTOS DE PROVEERSE DE TÍTULO

Aprobado el 23 de Abril de 1879

Publicado en La Gaceta No 19 del 26 de Abril de 1879

El Presidente de la República, a sus habitantes:

Siendo motivo de continúas dificultades la disposición que impone á ciertos empleados públicos el deber de proveerse de título para el desempeño de sus funciones; i convirtiéndose pare ellos ese deber en un gravámen sin ser para el Estado un recurso de importancia, – Decreta:

Art. 1°. Desde la publicación del presente, los empleados civiles, militares, eclesiásticos i de hacienda, están exento de la obligación de proveerse del título de su empleo, debiendo considerarse como tal el acuerdo de su nombramiento.

Art. 2°. Queda, en consecuencia, derogada toda disposición que se oponga á ésta.

Dado en Managua, á 23 de Abril de 1879 – Joaquín Zavala – El Ministro de Hacienda – E. Benard.
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