Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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(REFORMAS AL DECRETO No. 187)

No. 93, Aprobado el 23 de Diciembre de 1942

Publicado En La Gaceta No. 3 del 9 de Enero de 1943

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

En uso de la facultad que le confiere el Arto. 7 del Decreto Legislativo No. 187 de 18 de Julio de 1942 y de las propias que le otorga la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1.- Redúzcase a cincuenta dólares (US $ 50.00) la cantidad de doscientos cincuenta dólares (US $ 250.00) de que se habla en los Artos. 4, 5, y 6 del expresado Decreto Legislativo No. 187 de 18 de Julio de 1942.

Artículo 2.- El presente Decreto empezará a regir el día siguiente de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial – Managua, D. N., a los veintitrés días del mes de Diciembre de mil novecientos cuarenta y dos. – A. SOMOZA. – El Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público. – J. R. SEVILLA.
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