Normas Jurídicas de Nicaragua
Enlace al Reglamento:
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionado

DÍA DEL EMPRESARIO NICARAGÜENSE

DECRETO N°. 78-2004, aprobado el 16 de julio de 2004

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 142 del 22 de julio de 2004

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I


Que es meritorio reconocer el valioso aporte que brindan los pequeños, medianos y grandes empresarios nicaragüenses al progreso social y económico de la Nación.

II

Que el 8 de septiembre se conmemora el natalicio del distinguido empresario nicaragüense Jorge Salazar Arguello, quien por la labor patriótica realizada desde el Consejo Superior de la Empresa Privada (COSEP) en la promoción y defensa del Estado Social de Derecho, constituye un ejemplo para los empresarios nicaragüenses.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,


HA DICTADO

El siguiente

DECRETO

Artículo 1.- Declárese el 8 de septiembre de cada año Día Nacional del Empresario Nicaragüense.

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el dieciséis de julio del año dos mil cuatro. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.

-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.