Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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SE DECLARA VIGENTE EL TRATADO DE COMERCIO CELEBRADO CON EL SALVADOR EL 23 DE ENERO DE 1889

DECRETO EJECUTIVO, Aprobado el 5 de Agosto de 1895

Publicado en La Gaceta No. 224 del 9 de Agosto de 1895

El Presidente de la República, habiéndose puesto de acuerdo las Cancillería de las Nicaragua y del Salvador para que continúe en vigor el Tratado de comercio celebrado el 23 de Enero de 1889, en virtud del cual los productos naturales y artefactos de los respectivos países no deben pagar en el otro derecho de importación, decreta:

1.º- Desde la publicación del presente decreto no se cobrará en las Aduanas de la República derechos de importación por los productos naturales y artefactos procedentes del Salvador.

2.º- Queda derogada toda disposición que se oponga á la presente.

Dado en Managua, á 5 de Agosto de 1895 - J. S. Zelaya - El Ministro de Hacienda - Santiago Callejas.
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