Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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(SE CONMEMORA CON UN SELLO POSTAL LA DESIGNACIÓN DE LA SEMANA DEL CORREO AÉREO INTERNACIONAL)

DECRETO EJECUTIVO N°. 14, aprobado el 25 de octubre de 1933

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 240 del 03 de noviembre de 1933

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

POR CUANTO:

I. El Gobierno considera que es uno de sus deberes primordiales estimular el desarrollo y fomento de todas aquellas empresas que por ser de utilidad pública, traen beneficios directos e inmediatos a nuestra colectividad, haciéndonos gozar de todas las ventajas de la moderna civilización.

II. Es indudable que en el curso del año trascurrido desde el mes de septiembre del año próximo pasado a la fecha, la aviación comercial interna, siguiendo el ejemplo de la Aviación Internacional, ha sufrido en Nicaragua un desarrollo progresivo cuya influencia notoria se palpa por todos los nicaragüenses.

III. La aviación está resolviendo en nuestro país uno de los problemas de más seriedad que hemos afrontado durante toda nuestra vida, cual es el acercamiento de sus diferentes regiones, lo que traerá a no dudarlo, no sólo la mayor solidaridad del pueblo nicaragüense, sino también el desarrollo de nuestras inexplotables riquezas naturales y que desde luego, gracias a la aviación estamos en inmediato contacto con todos los países de la América facilitándonos así el intercambio de productos e ideas con los pueblos más avanzados del Continente;
POR TANTO

DECRETA:

Artículo 1.- Designar la semana comprendida entre el 6 y 11 de noviembre de este año, como la Semana del Correo Aéreo Internacional, cuya conmemoración se hará mediante la emisión de un sello postal aéreo válido sólo por esa semana, impreso en papel de lino engomado con las siguientes características: Forma rectangular, enmarcando un paisaje del Lago Xolotlán, con un ramal de la cordillera en el fondo, mostrando en la superficie del Lago tres embarcaciones de vela y en el cielo un aeroplano en marcha. Dominando el paisaje se verá una alegoría de la velocidad consistente en un par de alas, llevando en el centro una rueda. En la parte superior tendrá esta lectura: “REPÚBLICA DE NICARAGUA SEMANA AÉREA INTERNACIONAL” y en cada uno de los ángulos superiores llevará un escudo nacional acompañados de la firma en facsímil del Subsecretario de Fomento, don Roberto E. Deshon y la del Director General de Comunicaciones, don J. Ramón Sevilla, como comisionados para el control de la emisión. Al pie tendrá esta frase: “Noviembre 6 al 11 de 1933” y en los ángulos inferiores tendrá las iniciales U. P. U. correspondientes a la Unión Postal Universal y las de P. A. A. como un homenaje a la Pan American Airways, Inc. que ha sido en Nicaragua la Compañía iniciadora e impulsora del desarrollo de la aviación comercial. A cada lado, izquierdo y derecho, buscando hacia el centro, cada sello tendrá su valor respectivo.

Artículo 2.- Se establece que la emisión postal aquí decretada constará de las siguientes cantidades, colores y valores:

2.500 sellos color café a C$ 0.10 c/u.......C$ 250.00
2.500 sellos color morado a C$ 0.15 c/u..C$ 375.00
2.500 sellos color rojo a C$ 0.25 c/u.........C$ 625.00
2.500 sellos color azul a C$ 0.50 c/u.........C$ 1.250.00
10.000...............................................................C$ 2.500.00

Artículo 3.- Promulgar debidamente esta resolución a fin de que el público en general tenga conocimiento de ella y coopere con los fines perseguidos por el Gobierno y trascribirla asimismo a las diferentes Empresas de trasporte aéreo que trabajan en Nicaragua a efecto de que también cooperen en el sentido indicado.

Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, 25 de octubre de 1933. SACASA. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, por la ley, L. QUESADA.
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