Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones y Servicios Postales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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FEBRERO 21 PRINCIPIA LA CIRCULACIÓN DE TIMBRES RESELLADOS, PARA CORREO AÉREO

DECRETO EJECUTIVO N°. 80, aprobado el 11 de febrero 1961
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 42 del 18 de febrero de 1961

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

DECRETA:

Artículo 1.- Señalase el 21 del mes en curso como el Primer día de la circulación del Resello de los Timbres Consulares en desuso para su empleo como estampillas de Correo Aéreo de C$ 0.20, ordenado por Acuerdo No. 49 del 9 de Enero recién pasado.

Artículo 2.- Este Decreto comenzará a regir desde su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial.- Managua, D. N., a los once días del mes de Febrero de mil novecientos sesenta y uno.- LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) Karl J. C. H- Hueck, Ministro de Hacienda y C. P.
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