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REFORMA AL DECRETO N°. 71-98, REGLAMENTO DE LA LEY N°. 290 LEY DE ORGANIZACIÓN, COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTOS DEL PODER EJECUTIVO
Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa
DECRETO PRESIDENCIAL N°. 06-2020, aprobado el 31 de marzo de 2020
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 63 del 01 de abril de 2020
El Presidente de la República de Nicaragua,
Comandante Daniel Ortega Saavedra
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE REFORMA AL DECRETO No. 71-98, REGLAMENTO DE LA LEY No. 290 LEY DE ORGANIZACIÓN, COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTOS DEL PODER EJECUTIVO
Artículo 1. En materia de la estructura de la Presidencia de la República, se adiciona el numeral 1.30 al numeral 1 del artículo 4 del Decreto No. 71-98 y sus reformas, Reglamento de la Ley No. 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, el que se leerá así:
“Artículo 4. Estructura. Para el adecuado funcionamiento, la Presidencia de la República se estructura en:
1. Asesores del Presidente de la República:
….1.30. Ministro Asesor del Presidente de la República para asuntos del Sistema Local de Atención Integral en Salud Managua. (SILAIS-Managua)”.
Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día treinta y uno de Marzo del año dos mil veinte. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.