Normas Jurídicas de Nicaragua
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Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decreto Presidencial
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(CARGOS DE CÓNSULES GENERALES, CÓNSULES Y VICECÓNSULES SERÁN DESEMPEÑADOS AD- HONOREM A PARTIR DE LA FECHA)

DECRETO PRESIDENCIAL, aprobado el 11 de enero de 1929

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 25 del 30 de enero de 1929

El Presidente de la República,

Considerando:

Que la deuda flotante que dejaron las administraciones anteriores es tan crecida que se impone la necesidad de llevar a efecto una rigurosa economía en todos los ramos de la Administración Publica a fin de solventar el Tesoro Nacional; y visto lo dispuesto en el inc. 3º del art. 100 Cn.,

Decreta:

Art. 1°- Desde esta fecha en adelante los cargos de Cónsules Generales, Cónsules y Vicecónsules de la República en el extranjero, serán desempeñados ad-honorem. Los favorecidos con los nombramientos serán previamente notificados para su aceptación y demás efectos.

Art. 2° – Para los efectos de este decreto las personas que actualmente desempeñan cargos consulares en el extranjero, serán notificados por cable.

Art. 3°– El presente decreto empezará a regir desde su publicación en el diario oficial.

Comuníquese- Palacio del Ejecutivo- Managua, 11 de enero de 1929. Moncada - El Ministro de Relaciones Exteriores por la ley – Cordero Reyes
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