Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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(AUTORIZASE UNA TRANSFERENCIA)

TRANSFERENCIA DEL PRESUPUESTO DE INGRESO Y EGRESOS

DECRETO No. 384, Aprobado el 11 de Diciembre de 1958

Publicado en La Gaceta No. 26 del 31 de Enero de 1959

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

A sus habitantes

SABED

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente

DECRETO No. 384

LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA CÁMARA DEL
SENADO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

DECRETAN

Artículo 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos vigente la siguiente transferencia de Partidas del Ministerio de Agricultura y Ganadería:

DE: (1101) - Oficina Ministerial

1101 - 2802 Servicios Impersonales C$ 1.862.94
Anuncios, publicidad y Propaganda C$ 1.090.00
Agua y Energía Eléctrica 770.00
Transporte 2.94

1101 - 2803 Materiales y suministros consumibles 7.232.30
Artículos para Imprenta y Enc. C$ 2 389.00
Vestuario, Confecciones. y Art. A. fines 35.00
Combustibles y lubricantes 1.247.30
Artículos para Instalaciones 3.561.00

1101 - 2804 Equipos C$ 5.872.71
Para imprenta y Encuadernación C$ 872.71

Médico, Quirúrgico y de Laboral 5.000.00

1101 - 2806 Mantenimiento de Equipos e Inmuebles 4.064.94
De Imprenta y Encuadernación C$ 614.34
Vehículos 3.450.60

(1103) - Inspección General de Ganadería:

1103 - 1102 Servicios Impersonales 2.050.00
Alquileres C$ 2.050.00

1103 - 1103 Materiales y Suministros Consum. 23.569.20
Combustibles y Lubricantes C$ 8.759.20
Alimentación de Semovientes 2.310.00
Insecticidas 12.500.00

1103 - 1104 Equipos 2.250.00
Para Oficina 250.00
Agrícola y Botánica 1.250.00
De Ingeniería 500.00
Libros para Biblioteca 250.00

(1104) - Inspección General de agricultura:

1104 - 1102 Servicios Impersonales C$ 5.030.00

Anuncios, Publicidad y Propag. C$3.585.00
Comunicaciones 45.00
Alquileres 1.400.00

1104 - 1103 Materiales y Suministros Consum. 13.909.10
Artículos para imprenta y Enc. C$ 900.00
Vestuario, y Confec. y Art. A f. C$ 750.00
Combustibles y Lubricantes C$10.635.50

Art. para Instit. Benef. Centr. de
Salud y Laboral. C$ 123.60
Insecticidas 1.500.00

1104 - 1106 Mantenimiento de Equipos e Inmuebles 300.00
De Oficina C$ 300.00

(1105) - Sección Nacional Antiacridia:

1105 - 1102 Servicios Impersonales 3.746.56
Anuncios, Publicidad y Propag. C$ 877.52
Comunicaciones 75.00
Alquileres 2.550.00
Transportes 244.04

1105 - 1103 Materiales y Suministros Consumibles C$ 14.420.10
Artículos para Imprenta y Enc. C$ 240.00
Vestuario, Confec. y Art. Afines 470.00
Artículo Domésticos 150.00
Combustibles y Lubricantes 6.585.10
Artículo para uso de Instit.Benéficas y
Centros de Salud y Laboratorio 450.00

Alimentación de Semovientes 150.00
Herramientas pequeña 125.00
Insecticidas C$ 6.250.00

1105 - 1104 Equipos 1.750.00
Agrícola y Botánico C$ 1.750.00

1105 - 1106 Mantenimiento de equipos e Inmuebles 5.122.20
Vehículos C$ 5.122.20

(1106) - Escuela Nacional de Agricultura y Ganadería

1106 - 0702 Servicios Impersonales 896.52
Anuncios, Publicidad y Propag. C$ 375.00
Agua y Energía Eléctrica 413.30
Comunicaciones 90.00
Transportes 18.02

1106 - 0703 Materiales y suministros consumibles 17.126.11
Artículos para Imprenta y Enc. C$ 40.50

Vestuario, Confec. y Art. Afines 3.715.00
Material Escolar y Educación 1.845.00
Artículos Recreativos y Depotvs. 285.00
Artículos Domésticos. 2.530.95
Combustibles y Lubricantes 5.215.00
Arts. para uso de Instit. Benf.
Centros de Salud y Laborat. 898.20
Alimentación de Personas 1.673.40
Herramientas Pequeñas 87.50
Insecticidas 339.56
Artículos para Agricult. y Botanica 496.00

110 6 - 0704 Equipos C$ 650.00
Libros para Bibliotecas C$ 650.00

1106 - 0705 Inmuebles 875.00
Otros inmuebles C$ 875.00

1106 - 0706 Mantenimiento de Equipos e INM. 1.745. 95
De Oficina C$ 250.00
De Imprenta y Enc. 45.00
Educación y Recreativo 1.109.00
Agrícola y Botánico 187.15
Vehículos 9.80
Edificios 5.00
Médico Quirúrgico y de Labor 140.00


(1107) - Servicios Técnico Agrícola

1107 - 1102 Servicios Impersonales C$ 6.000.00
Anuncios, publicidad y Propag. C$ 625.00
Comunicaciones C$ 375.00
Transportes 5.000.00

1107- 1103 Materiales y Suministros Consumibles 51.828.25
Artículos para Imprenta y Encuad. C$ 7.259.20
Artículos Domésticos C$ 1.287.90
Combustibles y Lubricantes C$34.813.25
Artos. para uso de Institus. Benéf.
Centr. de Salud y Lab. C$ 2.697.00
Alimentación de Semovientes C$ 146.00
Material Informativo 2.000.00
Insecticidas 3.625.00

1107 - 1104 Equipos 12.697.50
Para Oficina C$ 2.662.50
Domésticos 35.00
Semovientes 10.000.00

1107 - 1106 Mantenimientos de Equipos e inmuebles 10.382.00
Agrícola y Botánico C$ 3.750.00
Vehículos 3.087.00
Médico Quirúrgico y de Labor 2.825.00

1107 - 1107 Subvenciones y Contribuciones C$ 11.442.12
Becas C$ 1.442.12
Suman: C$ 204.823.60


A: (1101) - Oficina Ministerial
110 - 2804 - Equipos C$ 39.396.13
Para Oficina C$ 20.922.70
De Comunicaciones y Radiodifus. 18.473.43

(1103) - Inspección General de Ganadería

Campaña Nacional contra la Garrapata

1103 - 110101000 Sueldos del Personal
Permanente ( 8 meses)

1103 - 11001021 Inspector Jefe
Mensual: 8 meses
C$ 1.600.00 C$ 12.800.00

1103 - 110101022 8 Inspectores Ambulantes
Mensual: 8 meses
C$ 500.00 C$ 32.000.00
44.800.00

1103 - 1103 Materiales y Suministros
Consumibles 4.487.47
Insecticidad C$ 4.487.47

1103 - 1104 Equipos 52.200.00
Agrícola y Botánico C$ 28.200.00
Vehículos 24.000.00

(1107) Servicios Técnico Agrícola

1107 - 1102 Servicios Inmpersonales 24.000.00
Alquileres C$ 24.000.00

4107 - 1104 Equipos 39.940.00
Para Oficina C$ 39.940.00
Total: $ 204.823.60

Artículo 2.- La presente Ley entrará en vigor desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D.N., 11 de Diciembre de 1958 - (f) A. MONTENEGRO, D.P. - (f) SALVADOR CASTILLO, D. S. - (f) F. MEDINA, D.S. -

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado. - Managua, D.N. 15 de Enero de 195.- (f) CRISANTO SACASA S.P. - (f) CAMILO LÓPEZ IRIAS, S.S. - (f) ENRIQUE BELLI CH. S.S.-

Por tanto: Ejecútese. - Casa Presidencial, Managua, D. N. 19 de Enero de 1959 - (f) LUIS A. SOMOZA D. Presidente de la República.- KARL J. C. H. HUECK, Ministro de Estado en el despacho de Hacienda y Crédito Público.
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