Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Abrir Gaceta
-
DE RATIFICACIÓN DEL ACUERDO BÁSICO DE COOPERACIÓN TÉCNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y
EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL

DECRETO No. 73-2006, Aprobado el 16 de Noviembre del 2006

Publicado en La Gaceta No. 229 del 24 de Noviembre del 2006

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que el día treinta y uno de enero del año dos mil seis, en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, fue suscrito el “ACUERDO BÁSICO DE COOPERACIÓN TÉCNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL”.
II

Que la Asamblea Nacional aprobó el referido Acuerdo mediante Decreto A. N. No. 4775 publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 168 del 29 de agosto de 2006.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

HA DICTADO

El siguiente

DECRETO

DE RATIFICACIÓN DEL ACUERDO BÁSICO DE COOPERACIÓN TÉCNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y
EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL

Arto 1.- Ratificar el “Acuerdo Básico de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República Federativa del Brasil”, suscrito en Managua, Nicaragua el 31 de enero del año 2006.

Arto 2.- El presente Decreto a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial, entrará en vigencia interna e internacionalmente, una vez que las partes se comuniquen mediante vía diplomática el cumplimiento de los requisitos exigidos por sus respectivas legislaciones nacionales.

Arto 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el dieciséis de noviembre del año dos mil seis. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.