Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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DECRETO, APROBANDO EL EMITIDO EN MASAYA POR EL SEÑOR JENERAL EN JEFE DEL EJÉRCITO

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 18 de octubre de 1869

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 43 del 23 de octubre de 1869

El Senador Presidente de la República

á sus habitantes.

En uso de sus facultades,

Decreta:

Art. 1°. Apruébase en todas sus partes el bando que el Gral. en Jefe del ejército dictó en Masaya i dice:

“Fernando Guzmán, Gral. en Jefe del ejército de la República, en uso de mis facultades– Acuerdo– 1º. Todas las personas que en virtud de órdenes anteriores, o por temores de persecución con motivo de la presente guerra, hayan salido de esta ciudad, pueden volver libremente al seno de sus familias– 2º Todos los prisioneros de guerra tomados en la jornada de Niquinohomo, quedan, con excepción de los oficiales, en entera libertad, pudiendo, si lo desean; tomar servicio en el ejército del Gobierno– 3º Todos los fugitivos del enemigo, á consecuencia de la misma jornada, que se presentaren ante cualquiera autoridad civil ó militar, cualquiera su clase, gozarán de la gracia que concede el art. anterior; i los que presenten su arma, tendrán además la gratificación de un peso– Cuartel general.– Masaya, octubre 16 de 1869.– Guzmán.”

Art. 2°. Las gracias concedidas en el art. 3º del bando que antecede, tendrán lugar cuando la presentación de personas se efectúe dentro del término de ocho días después de su publicación.

Dado en Managua, en la Casa de Gobierno, á 18 de octubre de 1869 – Pedro Joaquín Chamorro – El Ministro de Guerra.– Antonio Falle.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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