DECRETO QUE RATIFICA LA AUTORIZACIÓN DEL INGRESO Y PERMANENCIA EN EL TERRITORIO NACIONAL AL BARCO HOSPITAL DE LA ARMADA DEL EJÉRCITO POPULAR DE LIBERACIÓN DE CHINA "ARK SILK ROAD" N°. 867
DECRETO A.N. N°. 8913, aprobado el 28 de octubre de 2025
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 201 del 29 de octubre de 2025
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A.N. No. 8913
DECRETO QUE RATIFICA LA AUTORIZACIÓN DEL INGRESO Y PERMANENCIA EN EL TERRITORIO NACIONAL AL BARCO HOSPITAL DE LA ARMADA DEL EJÉRCITO POPULAR DE LIBERACIÓN DE CHINA “ARK SILK ROAD” No. 867.
Artículo 1. Al tenor de lo dispuesto en el artículo 17 y en el artículo 86, ambos de la Constitución Política de la República de Nicaragua, se ratifica la autorización del ingreso y permanencia en el Puerto de Corinto al barco hospital de la Armada del Ejército Popular de Liberación de China “ARK SILK ROAD” No. 867, con una tripulación compuesta por 389 efectivos, en el periodo del 1 al 30 de noviembre de 2025.
Artículo 2. El Ejército de Nicaragua a través de su Fuerza Naval, coordinará con las autoridades correspondientes el ingreso y garantizará la seguridad y custodia durante su estadía en el territorio nacional en el Puerto de Corinto al barco hospital “ARK SILK ROAD” No. 867.
Artículo 3. El Presente Decreto Legislativo entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto: Publíquese.
Dado en el salón de sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil veinticinco. Dip. Loria Raquel Dixon Brautigam. Primera Secretaría Asamblea Nacional.