Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Categoría normativa: Resoluciones
Abrir Gaceta
-
DECLARACIÓN DE ÁREA DEMOSTRATIVA A LA RESERVA NATURAL MIRAFLOR
MOROPOTENTE DEL DEPARTAMENTO DE ESTELÍ PERTENECIENTE AL SISTEMA
NACIONAL DE ÁREAS PROTEGIDAS (SINAP)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL No. 017-99, Aprobada el 07 de Septiembre de 1999

Publicada en La Gaceta No. 225 del 24 de Noviembre de 1999

CONSIDERANDO

I


Que el Decreto 14-99, Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua en su artículo 5, confiere al MARENA, a través de la Dirección General de Áreas Protegidas la facultad de normar y dirigir la administración del Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Nicaragua.

II

Que el Sistema Nacional de Áreas protegidas permite cumplir con las políticas y objetivos nacionales de conservación, así como administrar y garantizar el estado natural de las áreas protegidas ubicadas en las regiones Pacífico, Central y Atlántico del país, a través de la interacción humana con los recursos naturales.

III

Que la subcuenca del Río Estelí es una importante zona ecológica de transición entre el Bosque Húmedo de Montaña y el Bosque del Trópico Seco, pero está amenazada por presión de las actividades humanas y es necesario intervenir sistemáticamente para crear formas de regulación y ordenamiento territorial que posibiliten la restauración ecológica.

IV

Que el Área Protegida Reserva Natural Miraflor Moro potente, alberga muestras representativas de flora y fauna, recursos naturales e históricos que demandan esfuerzos para su protección, recuperación y aprovechamiento sustentable.

POR TANTO
Se ha dictado la siguiente Resolución Ministerial:
DECLARACIÓN DE ÁREA DEMOSTRATIVA A LA RESERVA NATURAL MIRAFLOR
MOROPOTENTE DEL DEPARTAMENTO DE ESTELÍ PERTENECIENTE AL
SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS PROTEGIDAS (SINAP).

Artículo 1.- La presente resolución declara como Área Demostrativa al espacio geográfico ocupado por el Área Protegida Reserva Natural de Miraflor Moro potente ubicada en el departamento de Estelí.

Artículo 2.- Entiéndase el concepto de Área Demostrativa al espacio geográfico del área protegida y su zona de amortiguamiento, donde se implementan acciones de manejo integrado de recursos naturales bajo prácticas, técnicas y científicas, que establecen un modelo de gestión ambiental, donde priman la investigación, planificación y recuperación ecológica del ambiente y sus recursos naturales.

Artículo 3.- El manejo del Área Demostrativa promoverá formas de gestión ambiental con objetivos de conservación y desarrollo sustentable de la Reserva Natural Miraflor Moro potente, a partir de resultados de investigación, fortalecimiento institucional, intercambio de experiencias y asistencia técnica permanente.

Artículo 4.- La declaración de Área Demostrativa a la Reserva Natural Miraflor Moro potente, no altera la Categoría de Manejo establecida para el área protegida.

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación de circulación nacional escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua a los siete días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y nueve. ROBERTO STADTHGEN VOGL, Ministro.-

-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamin Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier Diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.