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El Acuerdo Presidencial N°. 157-2024, surte sus efectos a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
De acuerdo a la publicación de la Ley N°. 181, Código de organización, jurisdicción y previsión social militar, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 165 del 2 de septiembre de 1994; en el Artículo 1, se establece que el Ejército de Nicaragua, es el único cuerpo militar armado reconocido legalmente en el territorio nicaragüense. Ver última versión de texto de la Ley N°. 181 |