LEGISLACIÓN RELACIONADA
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Los Particulares que Guarden Armas Nacionales sin el Correspondiente Permiso del Ministerio de Guerra, Están en la Obligación de Presentarlas á las Autoridades Departamentales un Mes Después de la Publicación del Presente
Decretos Ejecutivos
S/N
250
29/05/1911

Por la Ley N°. 1074, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Orden Interno.


La no vigencia de esta norma jurídica se establece mediante la Ley N°. 1074, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Orden Interno, aprobada el 27 de mayo de 2021, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 34 del 22 de febrero de 2022, fue incorporada al Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico.