Instruir al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar las modificaciones necesarias en el Presupuesto General de la República vigente, para hacer frente al desastre natural que se ha presentado, y realizar los desembolsos requeridos de acuerdo a lo dispuesto en el Arto. 31 de la Ley de Régimen Presupuestario, debiendo informar a la Asamblea Nacional para los efectos correspondientes. |