Dentro del plazo de un año de principiar a regir esta Ley, el Gobierno no proveerá a los Registros Públicos de los libros, tarjetas y tarjeteros necesarios para llevar los índices referidos. Una vez que funcione en cada Registro el sistema de tarjetas para los índices del libro de inscripciones se discontinuarán las anotaciones en los libros índices que actualmente se llevan. La Corte Suprema de Justicia queda encargada de vigilar el correcto cambio de sistema. |