Legislación de Nicaragua
Legislación Relacionada
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Deberán Imputarse como Servicios de la Deuda Pública del Gobierno Central ciertos Intereses a Pagarse al Banco Central
Decretos Ejecutivos
30
118
29/05/1979

Por la Ley N°. 1101, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.


El Decreto Ejecutivo Nº. 30, Deberán Imputarse como Servicios de la Deuda Pública del Gobierno Central ciertos Intereses a Pagarse al Banco Central, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.