LEGISLACIÓN RELACIONADA
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Reglamento de la Estadística NacionalTexto Normativo
Decretos Ejecutivos
490
141
27/06/1935

La Oficina Central de Estadística a que se refiere dicha Ley del diez y seis de febrero de mil novecientos treinta y uno, se denominará Dirección General de Estadística de la República de Nicaragua; funcionará como dependencia del Ministerio de la Gobernación y tendrá a su cargo la formación de Estadísticas sobre las materias consignadas en el presente decreto.