LEGISLACIÓN RELACIONADA
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(Difusión y Cumplimiento de los Preceptos Legales que Regulan el Uso de los Símbolos Patrios)Texto Normativo
Acuerdos Ministeriales
548-2008
228
28/11/2008

En todos los centros educativos públicos, privados y subvencionados del País, y en los diferentes turnos, deberán rendir culto a la Bandera Nacional. El día lunes de cada semana, antes de iniciarse las clases de cada semana, los cinco estudiantes de todo el centro educativo, que se hubiesen distinguido por su rendimiento, aplicación y conducta en la semana anterior, izarán el pabellón de la República en la explanada de honor del Centro, y todos los estudiantes, docentes y personal administrativo cantarán el Himno Nacional y saludarán a la Bandera Nacional.