LEGISLACIÓN RELACIONADA
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Título:
(Reglas de Cambio de Billetes y Monedas en Mal Estado)
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Categoría:
Decretos Ejecutivos
Número:
76
Gaceta:
20
Fecha publicación:
29/01/1942
Derogado Total:
Decreto- Ley N°. 78, Ley Monetaria (
).
Normas Relacionadas
Observaciones:
Las monedas metálicas de circulación legal en la República que hubieren sido desgastadas por el uso o sufrido daños por consecuencias accidentales claramente demostradas, podrán ser cambiadas o canjeadas por el banco emisor. No serán canjeadas aquellas monedas rotas de intento, ni las quebradas, ni las horadadas o perforadas, ni las que presenten añadiduras metálicas o soldaduras, ni las cercenadas, ni las que tengan marcas o contraseñas. Tales monedas serán decomisadas cuando se presenten por cualquier motivo a las oficinas indicadas en el artículo anterior, y remitidas al Departamento de Emisión del Banco.