LEGISLACIÓN RELACIONADA
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Nuevo Mecanismo, para la Aplicación del Crédito Tributario 1.5%, Sobre el Valor FOB de las ExportacionesTexto Normativo
Disposiciones Administrativas
05-2012
146
03/08/2012

La aplicación del beneficio del Crédito Tributario, se realizará directamente en sus declaraciones del anticipo al Impuesto sobre la Renta (IR) o Anticipo al Pago Mínimo Definitivo (PMD), en el reglón conveniente, válido a partir de las exportaciones de julio del 2012 y por ende, en sus declaraciones del mismo período, así como en la declaración del IR anual en el renglón correspondiente, de los períodos posteriores a julio del 2012. Se Deroga cualquier disposición que se le oponga.