LEGISLACIÓN RELACIONADA
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El Gobierno de la República de Nicaragua no Permitirá de Ninguna Forma que Fuerzas Extranjeras Naveguen Armadas en Aguas Pertenecientes al Territorio Nacional, por Constituir una Violación Flagrante a la Soberanía Nacional, la Constitución Política y las Leyes Texto Normativo
Decretos Ejecutivos
65-2005
188
29/09/2005

Esta norma es parte del Anexo III, Registro sin vigenia de la Ley N°. 1009, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Seguridad y Defensa Nacional, aprobado el 27 de Noviembre de 2019, Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 98 de 01 de Junio de 2020.