Establecer un contingente arancelario de importación por desabastecimiento de ochenta toneladas métricas ( 80.0 t) de sirope de maíz, clasificado en el inciso arancelario 1702.90.20.00 “ Otros azúcares y jarabes, excepto los jarabes de sacarosa y los caramelizados”, del Sistema Arancelario Centroamericano (SAC), al cual se le aplicará un Derecho Arancelario a la importación (DAI) de cero por ciento ( o%). |